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¿Qué es la discriminación de los Travellers?

Pertenencia a la comunidad itinerante

Si alguien le trata de forma menos favorable porque usted es miembro de la comunidad Traveller y otra persona no lo es.

Los Travellers irlandeses fueron reconocidos como etnia diferenciada en 2017

'Miembro de la comunidad Traveller' se define como un miembro de una comunidad de personas que comúnmente se denominan Travellers y que se identifican (tanto por ellos mismos como por otros) como personas con una historia, una cultura y unas tradiciones compartidas que incluyen, históricamente, un modo de vida nómada en la isla de Irlanda.

¿Qué es la discriminación de los Travellers en materia de vivienda?

La norma general es que no puede haber discriminación por el hecho de ser Traveller en relación con

  • la enajenación de bienes
  • rescindir un contrato de arrendamiento
  • proporcionar alojamiento o servicios relacionados con el alojamiento
  • dejar de proporcionar alojamiento

Los locales o el alojamiento deben estar a disposición del público en general o de un sector del público.

¿Qué ley me protege contra la discriminación en la vivienda?

Las Leyes de Igualdad me protegen contra la discriminación en la vivienda.

¿Qué cubre el SEC?

El SEC prohíbe la discriminación, el acoso y el acoso sexual en la venta o prestación de bienes y servicios, servicios de vivienda y acceso a la educación.

En concreto, los arrendadores (y sus agentes) no pueden discriminar a un inquilino por ninguno de los motivos protegidos cuando estén:

  • Alquilar una vivienda, lo que incluye elegir a un inquilino o invitarle a ver la vivienda.
  • Poner fin a un contrato de arrendamiento
  • Prestar servicios como reparaciones
  • Tratar con personas que reciben ayudas para la vivienda (HAP) u otras formas de seguridad social.
  • Anunciar su propiedad

La discriminación puede producirse de cuatro formas distintas.

Discriminación directa

Cuando alguien le trata de forma menos favorable que a otra persona en una situación similar debido a una característica o circunstancia personal diferente que entra dentro de los motivos protegidos.

Discriminación indirecta

Cuando una política o disposición que se aplica a todo el mundo le pone en desventaja debido a una característica o circunstancia personal que entra dentro de los motivos protegidos.

Discriminación por imputación

Cuando alguien le trata de forma menos favorable que a otra persona en una situación similar porque ha asumido ("imputado") incorrectamente que usted está incluido en los motivos protegidos.

Discriminación por asociación

Cuando se le trata de forma menos favorable que a otra persona en una situación similar debido a su conexión o relación con alguien que está incluido en los motivos protegidos.

Según la legislación irlandesa, los motivos protegidos son

Sexo (masculino, femenino, transgénero o no binario).

Si alguien te trata de forma menos favorable porque eres de un género diferente al de otra persona.

Estado civil (soltero, casado, separado, divorciado, viudo o en pareja de hecho)

Si alguien te trata de forma menos favorable porque tienes un estado civil diferente al de otra persona.

Situación familiar (estar embarazada, ser padre o madre, progenitor en funciones de un hijo o cuidador de una persona con discapacidad que requiere cuidados continuados).

Si alguien te trata de forma menos favorable porque tienes un estado civil diferente al de otra persona. (Nota: algunas situaciones que entran dentro de este motivo también pueden entrar dentro del motivo de género).

Orientación sexual (orientación heterosexual, homosexual o bisexual)

Si alguien te trata de forma menos favorable porque tienes una orientación sexual diferente a la de otra persona.

Edad (sólo se aplica a mayores de 18 años)

Si alguien te trata de forma menos favorable porque eres mayor o menor que otra persona y no existe una buena razón para ello ("justificación objetiva"). (Nota: este motivo no cubre la supuesta discriminación de niños en las escuelas).

Creencias religiosas (incluidos los antecedentes religiosos y quienes no tienen creencias)

Si alguien le trata de forma menos favorable porque tiene una religión diferente a la de otra persona o, por ejemplo, porque usted no tiene religión y otra persona sí.

Pertenencia a la comunidad itinerante

Si alguien le trata de forma menos favorable porque usted es miembro de la comunidad itinerante y otra persona no lo es.

Raza (color de la piel, nacionalidad, origen étnico o nacional)

Si alguien le trata de forma menos favorable porque tiene un color de piel, nacionalidad u origen étnico diferente al de otra persona.

Discapacidad (intelectual, mental y/o física)

Si alguien te trata de forma menos favorable porque tienes una discapacidad y otra persona tiene una discapacidad diferente o no tiene discapacidad.

En el apartado de discapacidad, consulte también la información sobre discapacidad y ajustes razonables.

Si está intentando acceder a una vivienda o alojamiento, existe un motivo de protección adicional:

Ayudas a la vivienda (incluidas las ayudas a la vivienda, los suplementos al alquiler u otras ayudas sociales).

Si alguien le trata de forma menos favorable porque usted percibe un suplemento de alquiler, una ayuda a la vivienda (HAP) u otro tipo de ayuda social y otra persona no.

¿Qué debo tener en cuenta en la discriminación en materia de vivienda?

La discriminación puede consistir en que los propietarios o agentes de alquiler

  • negarse a dejarle ver la vivienda
  • negarse a alquilarle la vivienda
  • negarse a aceptar ayudas complementarias al alquiler o a la vivienda
  • negarse a cumplimentar los formularios necesarios para que usted pueda recibir ayudas complementarias al alquiler o a la vivienda
  • incluir condiciones discriminatorias en los contratos de arrendamiento, ya sean escritos o verbales
  • negarse a renovar su contrato de arrendamiento u otro contrato de alquiler
  • poner fin a su contrato de arrendamiento u otro contrato de alquiler
  • retirarle servicios relacionados con la propiedad, o dificultarle mucho la obtención de estos servicios.

Excepciones y exenciones

Los propietarios y agentes pueden discriminar en determinadas circunstancias.

Entre ellas figuran:

Cuando el propietario vive en la vivienda y acoger a un inquilino afectaría a su vida privada o familiar.

Por ejemplo, un propietario podría negarse a compartir habitaciones de su vivienda familiar con una persona homosexual. Pero no podría negarse si alquilara una parte de la casa como piso independiente o anexo, en lugar de compartirla.

Cuando el alojamiento debe reservarse a un solo sexo para mantener la intimidad.

Por ejemplo, un dormitorio femenino en un albergue.

En virtud de las Leyes de Igualdad de Condición Jurídica y Social, no constituye discriminación reservar un local o alojamiento para el uso de personas pertenecientes a una categoría particular de personas, incluso para:

  • fines religiosos
  • refugios
  • residencias de ancianos
  • residencias de ancianos
  • residencias para personas con discapacidad; o
  • albergues para personas sin hogar o con fines similares.

Cuando una autoridad de vivienda necesita organizar alojamiento para grupos específicos de solicitantes basándose en cualquiera de los seis criterios:

  • Tamaño de la familia
  • Estado civil
  • Estado civil
  • Discapacidad
  • Edad
  • Pertenencia a la comunidad itinerante

Por ejemplo, un ayuntamiento puede reservar legalmente casas grandes para familias o pisos accesibles en silla de ruedas para personas con discapacidad.

No es ilegal tratar a las personas de forma diferente en relación con la provisión de alojamiento o servicios relacionados con el alojamiento cuando el trato es exigido por la ley que regula la provisión de alojamiento.

Las leyes de igualdad no se aplican a las situaciones en las que una persona alquila una habitación de su domicilio (que no sea una parte independiente y autónoma) en circunstancias en las que la provisión del alojamiento afecta a la vida privada o familiar de la persona o a la de cualquier otra persona que resida en el domicilio.

Ejemplo: Si el propietario de una vivienda considera que tener un inquilino perturba su vida familiar, puede pedirle que se marche.

Las Leyes de Igualdad no se aplican a la enajenación de bienes por testamento o donación.

No es discriminatorio que un casero u otra persona se niegue a alquilarle una vivienda si usted no puede pagar el alquiler de mercado.

Si crees que el casero es injusto al fijar o revisar el alquiler, o tienes un litigio con él, puedes ponerte en contacto con la Junta de Arrendamientos Residenciales.

¿A quién puedo reclamar?

El CMR es el órgano responsable de decidir en primera instancia sobre las reclamaciones por discriminación.

Las reclamaciones en virtud de las Leyes de Igualdad en el Empleo y las Leyes de Igualdad de Estatus se presentan ante la Comisión de Relaciones Laborales (WRC).

La WRC se ocupa de las reclamaciones relacionadas con el empleo y con los servicios o bienes.

Las reclamaciones por discriminación de género pueden dirigirse al Tribunal de Circuito o a la WRC.

Comisiones de relaciones laborales

¿Cuáles son los plazos para presentar una demanda?

Debe tener en cuenta una serie de plazos importantes a la hora de planificar la presentación de una denuncia en virtud de las Leyes de Igualdad de Estatus.

En primer lugar, debe comunicar al demandado el incidente de discriminación y su intención de presentar una denuncia ante la CMR. El proveedor de bienes o servicios que le ha discriminado es el demandado.

No puede presentar un caso ante el WRC en virtud del ESA a menos que se haya puesto en contacto con el demandado y le haya dado tiempo para responder. Dispone de dos meses a partir de la última fecha de discriminación para comunicar al demandado el incidente de discriminación y su intención de presentar una denuncia ante el WRC.

En circunstancias excepcionales, el WRC puede ampliar este plazo de dos meses en otros dos meses. De este modo, el plazo máximo para notificar al demandado es de cuatro meses. El WRC muy raramente concede este plazo adicional.

Tras notificarlo al demandado, debe recibir una respuesta en el plazo de un mes. Si no recibe respuesta en ese plazo, o si la respuesta no le satisface, puede presentar la queja ante el WRC. Deberá utilizar el formulario de reclamación del WRC.

Debe presentar la denuncia en el plazo de seis meses a partir del momento en que se produjo la presunta discriminación o, si se produjo varias veces, en el plazo de seis meses a partir de la última fecha de discriminación. Muy ocasionalmente, la CMR puede ampliar este plazo de seis a doce meses. Lo hace en muy raras ocasiones.

Discriminación continua

En muchos casos, sólo se produce un acto de discriminación. Esto hace que sea fácil determinar cuándo comienza el periodo de seis meses para presentar una denuncia.

Sin embargo, en otros casos la discriminación puede continuar durante un periodo prolongado. Esto se conoce como "discriminación continuada" o "infracción continuada".

Si cesan las prácticas discriminatorias, tienes seis meses a partir de la fecha en que cesaron para presentar una queja al WRC. Un comerciante tiene un cartel en el escaparate que prohíbe la entrada a todos los perros, incluidos los perros guía. Luego retira el cartel y permite la entrada a personas con perros guía. Esto significa que el plazo de seis meses para presentar una denuncia empieza a contar a partir del día en que se retira el cartel.

Algunas situaciones no son tan claras. A veces se producen lagunas significativas entre las acciones o prácticas discriminatorias. Esto hace más difícil determinar si existe una "infracción continuada".

En estos casos, puede haber una serie de cosas distintas que se hacen, o no se hacen, que dan lugar a discriminación. En tal caso, uno o más casos de discriminación pueden quedar fuera del plazo de seis meses. Pero cuando la discriminación está suficientemente relacionada con la discriminación que sí entraba dentro del límite de tiempo, puede ser posible considerarlas como parte de un "continuo". Es importante ser prudente. Diferentes personas pueden tener ideas distintas sobre si ha habido o no un incumplimiento continuado.

Si desea presentar una queja sobre su propia situación, debe hacerlo lo antes posible para respetar el plazo de seis meses. Hágalo incluso cuando crea que puede haber una discriminación continuada, o si no está seguro de que siga ocurriendo.

¿Qué es la publicidad discriminatoria en materia de vivienda?

La ley prohíbe que un propietario o agente publique un anuncio en el que muestre su intención de discriminar.

Por ejemplo:

  • 'No se aceptan pagos de subsidio de alquiler/ayuda a la vivienda'
  • Sólo para solteros
  • Mayores de 25 años
  • Sólo hombres
  • Sólo parejas tradicionales

Si ha visto un anuncio que muestra discriminación, puede denunciárnoslo.

Estamos facultados para interponer denuncias o demandas por discriminación en nuestro propio nombre ante la Comisión de Relaciones Laborales ("WRC") cuando parezca que se ha producido discriminación en virtud de las Leyes de Igualdad en el Empleo o las Leyes de Igualdad de Estatus y no sea razonable esperar que la persona que ha sido objeto de dicha discriminación interponga una demanda.

Gráfico de diferentes pantallas mostrando la palabra anuncios

Denunciar la publicidad discriminatoria

Utilice este formulario para denunciar anuncios discriminatorios a la Comisión de Derechos Humanos e Igualdad de Irlanda.

Debe denunciar los anuncios lo antes posible, o en el plazo de 2 meses desde que vio el anuncio.

Si necesita más ayuda, estaremos encantados de atender sus necesidades.

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