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¿Qué es la discriminación de los Travellers?

Pertenencia a la comunidad itinerante

Si alguien le trata de forma menos favorable porque usted es miembro de la comunidad Traveller y otra persona no lo es.

Los Travellers irlandeses fueron reconocidos como etnia diferenciada en 2017

'Miembro de la comunidad Traveller' se define como un miembro de una comunidad de personas que comúnmente se denominan Travellers y que se identifican (tanto por ellos mismos como por otros) como personas con una historia, una cultura y unas tradiciones compartidas que incluyen, históricamente, un modo de vida nómada en la isla de Irlanda.

¿Qué es la discriminación de los Travellers en los servicios?

No se puede discriminar por ser Traveller

  • cuando proporcionan bienes y servicios al público en general o a un sector del público;
  • ya sean gratuitos o cuando los bienes y servicios se vendan, alquilen o intercambien; o
  • cuando faciliten el acceso y el uso de cualquier lugar o instalación.

¿Qué ley le protege contra la discriminación en el acceso a bienes y servicios?

Las Leyes de Igualdad de 2000-2018 protegen a las personas de la discriminación cuando compran bienes o acceden a servicios.

¿Qué cubre la ley?

El AEE prohíbe la discriminación, el acoso y el acoso sexual en:

  • Venta o suministro de bienes y servicios
  • Servicios de vivienda
  • Acceso a la educación

Por "bienes" se entiende cualquier propiedad mueble, como los artículos que se pueden comprar o vender.

Por "servicios" se entiende cualquier tipo de servicio o instalación a disposición del público en general o de un sector del público. La definición abarca tanto los servicios como las instalaciones (el lugar donde se utilizan los servicios). Por ejemplo, abarca tanto la educación como las escuelas, o tanto la asistencia sanitaria como las clínicas.

Los "servicios" incluyen instalaciones para:

  • Banca, seguros, subvenciones, préstamos, créditos o financiación
  • Entretenimiento, ocio o refrigerio
  • Actividades culturales
  • Transporte y viajes
  • Actividades o servicios prestados por un club (a disposición del público o de una parte del público).
  • Oficios o servicios profesionales, como fontanería o asesoramiento financiero
  • Servicios educativos
  • Servicios públicos prestados por el Estado, como el HSE o las autoridades locales.
  1. Esta lista no es exhaustiva. Las Leyes de Igualdad adoptan una visión amplia de lo que es un servicio.

La norma general es que no puede haber discriminación ni acoso por ninguno de los motivos en relación con:

  • Conseguir alojamiento
  • La finalización del alojamiento

El alojamiento en cuestión debe estar a disposición del público en general o de una parte del público.

Las escuelas no deben discriminar a un alumno o estudiante en relación con:

  • la admisión o las condiciones de admisión en la escuela
  • El acceso a cualquier curso, instalación o beneficio en la escuela
  • Cualquier otro término o condición de participación en la escuela
  • Expulsión o cualquier otro castigo o sanción

En el SEC, el término "centros escolares" abarca todos los centros educativos públicos y privados, incluidos los servicios preescolares y las universidades.

¿Cómo sé si he sufrido discriminación?

La discriminación se produce cuando alguien le trata peor o "menos favorablemente" de lo que se trata, se ha tratado o se trataría a otra persona en una situación similar, porque usted entra dentro de los "motivos protegidos".

Puede sufrir discriminación de cuatro formas distintas:

Cuando alguien te trata de forma menos favorable que a otra persona en una situación similar debido a una característica personal diferente o a una circunstancia que entra dentro de los motivos protegidos.

Cuando una política o disposición aplicable a todo el mundo le ponga en desventaja debido a una característica o circunstancia personal que entre dentro de los motivos protegidos.

Cuando alguien te trata de forma menos favorable que a otra persona en una situación similar porque ha asumido ("imputado") erróneamente que perteneces a los motivos protegidos.

Cuando reciba un trato menos favorable que otra persona en situación similar debido a su conexión o relación con alguien que entre dentro de los motivos protegidos.

¿Cuáles son los motivos protegidos?

Según la legislación irlandesa, los motivos protegidos son:

Si alguien te trata de forma menos favorable porque eres de distinto sexo que otra persona.

Si alguien te trata de forma menos favorable porque tienes un estado civil diferente al de otra persona.

Si alguien te trata de forma menos favorable porque tienes un estatus familiar diferente al de otra persona. (Nota: algunas situaciones que entran dentro de este motivo también pueden entrar dentro del motivo de género).

Si alguien te trata de forma menos favorable porque tienes una orientación sexual diferente a la de otra persona.

Si alguien te trata de forma menos favorable porque eres mayor o menor que otra persona y no existe una buena razón para ello ("justificación objetiva"). (Nota: este motivo no cubre la supuesta discriminación de niños en las escuelas).

Si alguien te trata de forma menos favorable porque tienes una religión diferente a la de otra persona o, por ejemplo, porque tú no tienes religión y otra persona sí.

Si alguien le trata de forma menos favorable porque usted es miembro de la comunidad itinerante y otra persona no lo es.

Si alguien te trata de forma menos favorable porque tienes un color de piel, una nacionalidad o una etnia diferentes a los de otra persona.

Si alguien te trata de forma menos favorable porque tienes una discapacidad y otra persona tiene una discapacidad diferente o no tiene discapacidad.

Si alguien le trata de forma menos favorable porque usted percibe un suplemento de alquiler, una ayuda a la vivienda (HAP) u otro tipo de ayuda social y otra persona no.

Acoso, acoso sexual y victimización

Están prohibidos el acoso, el acoso sexual y la victimización en el suministro de bienes y servicios.

El acoso es cualquier forma de conducta no deseada relacionada con cualquiera de los motivos especificados. El acoso sexual es cualquier forma de conducta verbal, no verbal o física no deseada de naturaleza sexual.

En ambos casos, se trata de una conducta que tiene por objeto o efecto atentar contra la dignidad de una persona y crearle un entorno intimidatorio, hostil, degradante, humillante u ofensivo.

En ambos casos, la conducta no deseada puede incluir actos, peticiones, palabras habladas, gestos o la producción, exhibición o circulación de palabras escritas, correos electrónicos y medios sociales, mensajes de texto, imágenes u otro material.

El rechazo o la sumisión de una persona al acoso sexual o de otro tipo no puede ser utilizado por ninguna otra persona como base para una decisión que afecte a dicha persona.

La persona encargada de dirigir cualquier lugar donde se ofrezcan al público bienes, instalaciones o servicios se define como "persona responsable".

La persona responsable debe garantizar que ninguna persona que tenga derecho a estar allí sufra acoso o acoso sexual. La persona responsable debe poder demostrar que ha tomado las medidas "razonablemente viables" para evitar el acoso o el hostigamiento sexual.

El SEC protege a las personas y/o testigos que han presentado una denuncia en virtud del SEC contra la discriminación.

Por ejemplo, es victimización si le amenazan o le tratan mal porque:

  • Presenta una denuncia por discriminación por parte de un proveedor de servicios.
  • ha participado en un caso de discriminación en el WRC
  • Ayuda a otra persona a presentar una denuncia
  • Participa como testigo en un caso de discriminación en el CMR.
  • Ha presentado una reclamación por discriminación ante la CMR o un tribunal;
  • Informa a un proveedor de servicios de que tiene intención de hacer alguna de las cosas mencionadas en esta lista.

Excepciones y exenciones

La sección 14 de la ESA permite ciertas excepciones o exenciones.

Algunas de ellas se aplican a circunstancias específicas, y puede encontrar información detallada al respecto en las guías del IHREC Sus derechos sobre temas concretos, como vivienda, seguros, empleo y educación.

También hay dos tipos generales de exención:

  • Excepciones o exenciones exigidas por ley o por orden judicial
  • Acciones positivas destinadas a promover la igualdad de oportunidades de los grupos desfavorecidos

Las exenciones generales incluyen:

Las autoridades públicas pueden tratar de forma diferente a determinados nacionales de otros países, en función de su nacionalidad, si lo son:

  • fuera de Irlanda, o
  • se encuentran ilegalmente en Irlanda (en relación con la Ley de Inmigración de 2004), o
  • son tratados con arreglo a alguna disposición o condición legal en relación con su entrada o residencia en Irlanda

Un proveedor de bienes, servicios, alojamiento o servicios relacionados puede denegar un servicio o alojamiento en determinados casos. La denegación es legal cuando una persona razonable, familiarizada con el proveedor, tiene motivos fundados para creer que la prestación del servicio o alojamiento supondría un riesgo sustancial de conducta delictiva o desordenada, o de daños a la propiedad en esa zona.

Tratar a una persona de forma diferente no equivale a discriminación cuando se produce únicamente en virtud de un juicio clínico en relación con un diagnóstico de enfermedad o un tratamiento médico.

Tratar a una persona de forma diferente no equivale a discriminarla si es incapaz de celebrar un contrato exigible o de dar su consentimiento con conocimiento de causa.

  • La diferencia de trato por cualquiera de los motivos (salvo el de género) puede permitirse en la provisión de rentas vitalicias, pensiones, pólizas de seguros o cualquier otro asunto que implique la evaluación del riesgo.
  • Cualquier diferencia de trato debe decidirse sobre la base de datos actuariales o estadísticos, o de otros factores comerciales o de suscripción pertinentes, y debe ser razonable a la luz de los datos u otros factores pertinentes.

Las Leyes de Igualdad no se aplican a la enajenación de bienes por testamento o donación.

El SEC permite la diferencia de trato cuando el bien o servicio pueda considerarse razonablemente adecuado sólo para satisfacer las necesidades de determinadas personas.

Excepciones o exenciones exigidas por la ley

Las Leyes de Igualdad de Estatus no se aplican a las acciones exigidas por ley, incluso si las acciones parecen discriminar a las personas afectadas por uno de los motivos protegidos de la lista anterior. Estas acciones se conocen como "cualquier promulgación u orden de un tribunal" (véase más abajo).

Por ejemplo, la ley de asistencia social establece qué categorías o grupos de personas pueden tener derecho a prestaciones sociales. Esto significa que limitar los pagos a estas categorías de personas es una acción exigida por la ley. Las categorías no pueden modificarse para incluir a otras personas que también puedan necesitar ayuda, aunque la ley pueda parecer discriminatoria.

Caso práctico: Sin subsidio de maternidad tras un parto por gestación subrogada

A una madre cuyo hijo tuvo que nacer por gestación subrogada debido a su discapacidad no se le permitió solicitar prestaciones por maternidad. Se le dijo que ello se debía a que no había estado embarazada ni había dado a luz. Denunció discriminación por motivos de discapacidad, sexo y situación familiar. El juez no pudo darle la razón ni concederle una indemnización, porque las normas para solicitar prestaciones por maternidad habían sido establecidas por la Ley de Bienestar Social de 2005 y no podían modificarse.

Las promulgaciones incluyen:

  • Leyes y estatutos irlandeses aprobados por el Oireachtas
  • Reglamentos (que pueden denominarse "instrumentos legales") que regulan el funcionamiento de las leyes y los estatutos (como las normas sobre asistencia social y fiscalidad).
  • Leyes de la UE
  • Leyes aprobadas por convenio internacional

Órdenes judiciales que ponen en vigor estas leyes.

La CMR y los tribunales no están facultados para impugnar medidas establecidas por "cualquier ley u orden judicial".

Las exenciones del artículo 14 del SEC no se aplican a:

  • Planes sobre cómo poner en práctica leyes o reglamentos
  • Circulares que asesoren a departamentos gubernamentales u organismos del sector público sobre cómo aplicar la ley.

Esto significa que los planes y circulares que interpretan la ley (en lugar de limitarse a enunciarla) pueden estar cubiertos por las Leyes de Igualdad. En este caso, los regímenes y circulares pueden ser impugnados por discriminatorios (por uno de los motivos protegidos).

Sin embargo, si los regímenes y las circulares se crean por ley, tienen la autoridad jurídica de una ley, y se aplicarán las exenciones del artículo 14.

Caso práctico: Se deniega una desgravación fiscal a un pasajero discapacitado

Un pasajero de automóvil con múltiples discapacidades solicitó un certificado médico para poder obtener una desgravación fiscal (o concesión) de Hacienda por el coste de adaptación de un asiento de automóvil. El HSE se negó a autorizarlo. El pasajero denunció que se trataba de una discriminación basada en una interpretación restrictiva de la discapacidad. Sin embargo, el HSE alegó que había seguido las normas establecidas en el Reglamento de 1994 sobre conductores y pasajeros discapacitados (concesiones fiscales). El juez dio la razón al HSE porque su decisión se basaba en una declaración de derecho y no en su interpretación de la ley.

Si la discriminación no es obligatoria por ley, puede estar cubierta por el ESA. Esto significa que puede presentar una denuncia por discriminación (porque no se aplican las exenciones del artículo 14).

¿A quién puedo reclamar?

El CMR es el órgano responsable de decidir en primera instancia sobre las reclamaciones por discriminación.

Las reclamaciones en virtud de las Leyes de Igualdad en el Empleo y las Leyes de Igualdad de Estatus se presentan ante la Comisión de Relaciones Laborales (WRC).

La WRC se ocupa de las reclamaciones relacionadas con el empleo y con los servicios o bienes.

Las reclamaciones por discriminación de género pueden dirigirse al Tribunal de Circuito o a la WRC.

Comisiones de relaciones laborales

¿Cuáles son los plazos para presentar una demanda?

Debe tener en cuenta una serie de plazos importantes a la hora de planificar la presentación de una denuncia en virtud de las Leyes de Igualdad de Estatus.

En primer lugar, debe comunicar al demandado el incidente de discriminación y su intención de presentar una denuncia ante la CMR. El proveedor de bienes o servicios que le ha discriminado es el demandado.

No puede presentar un caso ante el WRC en virtud del ESA a menos que se haya puesto en contacto con el demandado y le haya dado tiempo para responder. Dispone de dos meses a partir de la última fecha de discriminación para comunicar al demandado el incidente de discriminación y su intención de presentar una denuncia ante el WRC.

En circunstancias excepcionales, el WRC puede ampliar este plazo de dos meses en otros dos meses. De este modo, el plazo máximo para notificar al demandado es de cuatro meses. El WRC muy raramente concede este plazo adicional.

Tras notificarlo al demandado, debe recibir una respuesta en el plazo de un mes. Si no recibe respuesta en ese plazo, o si la respuesta no le satisface, puede presentar la queja ante el WRC. Deberá utilizar el formulario de reclamación del WRC.

Debe presentar la denuncia en el plazo de seis meses a partir del momento en que se produjo la presunta discriminación o, si se produjo varias veces, en el plazo de seis meses a partir de la última fecha de discriminación. Muy ocasionalmente, la CMR puede ampliar este plazo de seis a doce meses. Lo hace en muy raras ocasiones.

Discriminación continua

En muchos casos, sólo se produce un acto de discriminación. Esto hace que sea fácil determinar cuándo comienza el periodo de seis meses para presentar una denuncia.

Sin embargo, en otros casos la discriminación puede continuar durante un periodo prolongado. Esto se conoce como "discriminación continuada" o "infracción continuada".

Si cesan las prácticas discriminatorias, tienes seis meses a partir de la fecha en que cesaron para presentar una queja al WRC. Un comerciante tiene un cartel en el escaparate que prohíbe la entrada a todos los perros, incluidos los perros guía. Luego retira el cartel y permite la entrada a personas con perros guía. Esto significa que el plazo de seis meses para presentar una denuncia empieza a contar a partir del día en que se retira el cartel.

Algunas situaciones no son tan claras. A veces se producen lagunas significativas entre las acciones o prácticas discriminatorias. Esto hace más difícil determinar si existe una "infracción continuada".

En estos casos, puede haber una serie de cosas distintas que se hacen, o no se hacen, que dan lugar a discriminación. En tal caso, uno o más casos de discriminación pueden quedar fuera del plazo de seis meses. Pero cuando la discriminación está suficientemente relacionada con la discriminación que sí entraba dentro del límite de tiempo, puede ser posible considerarlas como parte de un "continuo". Es importante ser prudente. Diferentes personas pueden tener ideas distintas sobre si ha habido o no un incumplimiento continuado.

Si desea presentar una queja sobre su propia situación, debe hacerlo lo antes posible para respetar el plazo de seis meses. Hágalo incluso cuando crea que puede haber una discriminación continuada, o si no está seguro de que siga ocurriendo.

¿Ha sufrido discriminación por otro motivo?

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