Libre circulación de trabajadores en la UE
Los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea (UE), del Espacio Económico Europeo (EEE) y de Suiza tienen derecho a trabajar libremente en los 27 países de la UE.
Los Estados miembros de la Unión Europea son Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Croacia, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Polonia, Portugal, República Checa, Rumanía y Suecia.
Los Estados miembros del EEE incluyen todos los países de la UE más Islandia, Liechtenstein y Noruega.
Reconocimiento de cualificaciones profesionales en la UE/EEE
Para apoyar la libre circulación, la legislación de la UE permite que las cualificaciones en determinadas profesiones "reguladas" se reconozcan en toda la UE. Si viene a Irlanda desde otro país y desea ejercer aquí una profesión regulada, podrá hacerlo una vez reconocidas sus cualificaciones.
Para obtener el reconocimiento de sus cualificaciones, debe
- Comprobar si es necesario (si su profesión está regulada)
- Solicitar el reconocimiento al organismo regulador correspondiente
A continuación se explica cómo solicitar el reconocimiento.
La legislación de la UE identifica determinadas profesiones, pero también se aplica en general a otros profesionales regulados, salvo que se indique lo contrario.
¿Qué legislación se aplica?
- Directiva 2005/36/CE relativa al reconocimiento de cualificaciones profesionales
- Otra legislación de la UE específica de la profesión
¿Dónde puedo comprobar si mi profesión está regulada en Irlanda?
- Consulte la base de datos central de la Comisión Europea. La base de datos le dirá si su profesión está regulada en Irlanda y, en caso afirmativo, si necesita obtener el reconocimiento de sus cualificaciones.
- También puede consultar la lista de profesiones reguladas en Irlanda y sus organismos reguladores en la página web del Ministerio de Educación.
¿Qué ocurre si mi profesión no está regulada en Irlanda?
Si su profesión no está regulada en Irlanda, puede trabajar aquí sin tener que obtener el reconocimiento oficial de la cualificación profesional que haya obtenido en su país de origen.
Por ejemplo, si es guía de montaña en Austria, puede solicitar trabajos de guía de montaña en Irlanda sin tener que obtener el reconocimiento de sus cualificaciones, ya que la guía de montaña no es una profesión regulada aquí.
Directiva 2005/36/CE relativa al reconocimiento de cualificaciones profesionales
¿Quién puede obtener el reconocimiento de sus cualificaciones profesionales en virtud de la Directiva?
La Directiva permite a los profesionales plenamente cualificados para ejercer una profesión en un Estado miembro ejercer la misma profesión en otro Estado miembro.
La Directiva se aplica a:
- Nacionales de la UE y nacionales de Islandia, Noruega, Liechtenstein y Suiza.
- Los nacionales de cualquier otro país no perteneciente a la UE ni al EEE si
- Poseen un título de un país de la UE o del EEE, y
- Son familiares de un ciudadano de la UE
¿Qué ocurre si no soy ciudadano de la UE o del EEE pero tengo un título irlandés?
Puede obtener el reconocimiento de su titulación irlandesa para trabajar en cualquier país de la UE o del EEE si cumple alguna de las siguientes condiciones:
- Residente legal de larga duración en ese país
- Titular de una tarjeta azul de la UE
- Trabajador temporero
- Refugiado declarado
- Miembro de la familia de un ciudadano de la UE
Condiciones
- Su titulación debe haber sido expedida por una autoridad competente de la UE/EEE.
- La profesión que desea ejercer en otro Estado miembro debe ser equivalente a la profesión para la que está cualificado en su Estado miembro de origen.
Por ejemplo, un enfermero titulado en Bulgaria puede trabajar en un hospital irlandés tras obtener aquí el reconocimiento de su cualificación. Un médico estadounidense que se haya trasladado aquí con su cónyuge francés tras cursar estudios de medicina en una universidad francesa también puede obtener el reconocimiento de su cualificación aquí.
¿A qué profesiones se aplica la Directiva?
La Directiva permite el reconocimiento de una amplia gama de cualificaciones profesionales. Dependiendo de su profesión, nivel de cualificación o tipo de trabajo, el reconocimiento puede ser
- Automático
- Caso por caso
- Temporal
Algunas profesiones no están cubiertas por la Directiva, pero tienen normas específicas. Estas profesiones se tratan por separado en la siguiente sección: ¿Qué profesiones no están cubiertas por la Directiva?
¿Qué profesiones tienen reconocimiento automático?
La Directiva reconoce automáticamente las siguientes profesiones, siempre que se cumpla un determinado nivel mínimo de cualificación:
- Arquitectos
- Dentistas
- Médicos
- Matronas
- Enfermeros
- Farmacéuticos
- Veterinarios
¿Quién es responsable del reconocimiento automático de estas cualificaciones?
La "autoridad competente" que aprueba las cualificaciones de cada profesión suele ser su organismo regulador. Este organismo reconoce y registra sus cualificaciones. Puede encontrar una lista de organismos reguladores en la Directiva que figura más abajo.
Por ejemplo, un dentista rumano que viva en Irlanda debe solicitar el reconocimiento automático al Dental Council of Ireland. Una matrona alemana que viva aquí debe solicitarlo al Nursing and Midwifery Board (Consejo de Enfermería y Matronas) de Irlanda.
A continuación se enumeran los niveles de cualificación necesarios para el reconocimiento automático.
¿Qué ocurre si mi profesión no obtiene el reconocimiento automático o si no poseo el nivel mínimo de cualificación?
Aún puede optar al reconocimiento de su cualificación en función de cada caso.
¿Qué profesiones pueden obtener el reconocimiento caso por caso?
En virtud de la Directiva, pueden reconocerse caso por caso otras cualificaciones profesionales reguladas. Entre estas profesiones figuran:
- Electricista
- Profesor
- Arquitecto (si sus cualificaciones no cumplen los requisitos para el reconocimiento automático)
- Médico (cuando sus cualificaciones no cumplan los requisitos para el reconocimiento automático)
- Contable
- Farmacéutico (si sus cualificaciones no cumplen los requisitos para el reconocimiento automático)
- Agente inmobiliario
- Instalador de gas
- Higienista dental
- Vigilante de seguridad
- Dietista
- Terapeuta ocupacional
- Radiógrafo o radioterapeuta
- Trabajador social
- Logopeda o terapeuta del lenguaje
- Optometrista u óptico dispensador
- Fisioterapeuta
- Operador de dumper articulado
- Fieltrador de cubiertas
- Operador de grúa
- Operador de excavadora
- Localizador de servicios subterráneos
- Operador de miniexcavadora
- Andamista
- Disparador
- Operario de señalización, alumbrado y protección de carreteras
- Operario de señalización
- Operador de manipulador telescópico
- Operador de tractor/dozer
- Operario de revestimiento de techos y paredes
¿Necesito hacer más exámenes o formación?
Irlanda reconoce los títulos que le dan pleno reconocimiento en su país de origen. No obstante, es posible que se le pida que realice una prueba de aptitud, exámenes o formación, o que pase hasta tres años en un periodo de adaptación, para garantizar que cumple el nivel mínimo irlandés.
¿Qué ocurre si mi profesión no está regulada en mi país de origen?
Puede obtener el reconocimiento en Irlanda si ha trabajado a tiempo completo en su profesión durante un año en los últimos 10 años, aunque la profesión no esté regulada en su país de origen. Sin embargo, también se le puede pedir que realice una prueba de aptitud, exámenes o formación, o que pase hasta tres años en un periodo de adaptación, para garantizar que cumple el nivel mínimo irlandés.
¿Cómo solicito el reconocimiento conforme a la Directiva?
Compruebe si su profesión está regulada en Irlanda y qué organismo regulador la cubre en la página web del Gobierno irlandés.
Debe presentar pruebas oficiales de sus cualificaciones. Es posible que tenga que presentar documentos originales que demuestren en qué consistió la obtención de esas cualificaciones.
Estas pruebas pueden incluir
- Su certificado final de estudios
- Tu expediente académico, en el que aparezca:
- Su documento de identidad (por ejemplo, nombre, fecha de nacimiento, nombre de los padres)
- Instituciones en las que ha estudiado
- Detalles del curso (por ejemplo, nombre de la titulación, fechas, módulos)
- Resultados de los exámenes
- Traducciones juradas, si procede
Para el reconocimiento automático, bastará con acreditar una titulación mínima. A continuación se indican las cualificaciones mínimas.
Para la mayoría de las profesiones reguladas, el organismo regulador puede conceder el reconocimiento en línea.
Si el inglés no es su lengua materna, es posible que tenga que hacer un examen de inglés o demostrar su competencia en esta lengua.
Si no posee las cualificaciones mínimas para el reconocimiento automático o si solicita el reconocimiento caso por caso, sus cualificaciones pueden darle derecho a un reconocimiento parcial. El reconocimiento parcial puede permitirle ejercer su profesión en Irlanda sin someterse a exámenes o formación adicionales.
Ejemplo: Un médico generalista letón que desee ejercer en Irlanda debe:
- Consultar la tabla de elegibilidad del Medical Council
- Registrarse para obtener una cuenta de solicitud en línea en medicalcouncil.ie
- Presentar una solicitud de evaluación en línea
- Presentar los documentos justificativos
- Esperar la decisión del Consejo Médico
¿Qué es la Tarjeta Profesional Europea?
La Tarjeta Profesional Europea (TPE) es un sistema electrónico que permite el reconocimiento de determinadas cualificaciones profesionales en otro país de la UE o del EEE. No es una tarjeta física, sino una prueba electrónica de que se han superado los controles administrativos.
¿Qué profesiones pueden utilizar la Tarjeta Profesional Europea?
Puede utilizar el EPC si es usted
- Enfermero responsable de cuidados generales
- Farmacéutico
- Fisioterapeuta
- Agente inmobiliario
En otros países de la UE, puede utilizar el EPC para trabajar como guía de montaña. Esto no se aplica en Irlanda, ya que aquí la guía de montaña no es una profesión regulada.
¿Cómo se solicita el EPC?
El EPC se solicita en el sitio web Europa.
Una vez obtenido el EPC, y antes de empezar a trabajar en Irlanda, debe inscribirse en el organismo regulador pertinente. Véase más abajo.
Por ejemplo, un farmacéutico español residente en Irlanda puede solicitar un EPC en línea y después debe registrarse en la Pharmaceutical Society of Ireland.
¿Puedo obtener un reconocimiento temporal en virtud de la Directiva?
Puede solicitar el reconocimiento temporal de su cualificación si va a trabajar durante un tiempo limitado en un Estado miembro. Las normas y requisitos aplicables a las disposiciones temporales son diferentes de las aplicables al trabajo de larga duración.
El reconocimiento temporal se evalúa caso por caso. El organismo regulador le preguntará cuánto tiempo, con qué frecuencia o con qué regularidad va a trabajar aquí.
Puede pedirle una declaración escrita previa. También puede comprobar sus cualificaciones profesionales antes de que pueda prestar servicios por primera vez. Esto se aplica, en particular, cuando su trabajo puede afectar a la salud o la seguridad públicas, o cuando no cumple los requisitos para el reconocimiento automático.
En otros casos, puede obtener un reconocimiento temporal si declara antes de empezar a trabajar que tiene las cualificaciones correctas. También es posible que tenga que facilitar determinada información a sus clientes. Es posible que tenga que informar previamente (o posteriormente, en caso de urgencia) a los organismos públicos de la Seguridad Social sobre los servicios temporales que presta.
Por ejemplo, una matrona portuguesa puede solicitar al Nursing and Midwifery Board (Consejo de Enfermería y Matronas) de Irlanda el reconocimiento temporal del mismo modo que el reconocimiento permanente. Antes de tomar una decisión, la Junta preguntará cuánto tiempo, con qué frecuencia o con qué regularidad o continuidad pretende ejercer la matrona en Irlanda.
¿Qué profesiones no están cubiertas por la Directiva?
Algunas profesiones tienen su propia legislación específica. En Irlanda, son las siguientes
- Abogados
- Auditores de cuentas
- Intermediarios de seguros
En otros Estados miembros, la lista incluye marineros, gente de mar, transportistas de mercancías y pasajeros por carretera, agentes comerciales y determinadas profesiones de manipulación de agentes tóxicos.
Sin embargo, estas profesiones no están reguladas en Irlanda, por lo que no requieren reconocimiento.
- Los auditores de cuentas, en función de su cualificación específica, deben dirigirse al organismo regulador de contabilidad pertinente. Estos organismos figuran en la lista de profesiones reguladas y organismos reguladores del Ministerio de Educación.
- Los mediadores de seguros deben solicitar autorización y registro al Banco Central de Irlanda.
- La cualificación de los abogados está regulada en Irlanda por la Honorable Society of King's Inns para los barristers y la Law Society of Ireland para los solicitors.
Para estas profesiones, el organismo regulador examinará sus cualificaciones individuales y los documentos acreditativos y podrá concederle el reconocimiento total o parcial.
¿Cómo puedo empezar?
Si cree que tiene derecho al reconocimiento de su cualificación, le recomendamos que se ponga en contacto con el organismo regulador competente en Irlanda. Ellos podrán aconsejarle sobre lo que debe hacer, así como sobre los plazos, las tasas y los documentos que necesitará.
Si no está seguro de tener las cualificaciones adecuadas para el reconocimiento, no empiece a trabajar antes de que se las hayan aprobado.
Para facilitar el proceso, asegúrese de que sus documentos y traducciones (si son necesarias) han sido certificados oficialmente por las autoridades de su país de origen.
¿Qué ocurre si rechazan mi solicitud de reconocimiento?
Si un organismo regulador rechaza su solicitud, debe explicarle por qué. Algunos le permitirán recurrir la decisión, pero otros pueden exigirle que vuelva a presentar la solicitud. Si tiene que volver a presentar la solicitud, es posible que tenga que pagar otra tasa.
Si decide recurrir o volver a presentar la solicitud, asegúrese de abordar los motivos de la denegación, por ejemplo, aportando más documentos justificativos.
Si cree que se la han denegado incorrectamente, póngase en contacto con el organismo regulador para resolver el problema. Si lo prefiere, consulte a un abogado lo antes posible para que le asesore sobre sus opciones, por ejemplo, si debe recurrir ante el Tribunal Supremo.
Presentar documentos falsos o fraudulentos a un organismo regulador puede constituir un delito. En este caso, el organismo regulador puede prohibirle que vuelva a presentar una solicitud o puede informar a los organismos reguladores de otros Estados miembros, incluido su país de origen.
¿Qué ocurre si soy nacional del Reino Unido?
Desde el 1 de enero de 2021, ya no se aplica el reconocimiento mutuo de cualificaciones profesionales entre la UE y el Reino Unido, por lo que los nacionales británicos no pueden acogerse a la Directiva.
Sin embargo, si usted es nacional del Reino Unido, puede solicitar el reconocimiento de sus cualificaciones profesionales de la misma manera que un nacional de un país no perteneciente a la UE o al EEE, como se ha indicado anteriormente.
Asimismo, algunos organismos reguladores pueden seguir reconociendo las cualificaciones británicas sobre la base de sus propias normas relativas a las cualificaciones de personas de fuera de la UE o del EEE.
Si usted tenía su cualificación del Reino Unido reconocida por un organismo regulador antes del final del período de transición el 31 de diciembre de 2020, no habrá ningún cambio y podrá seguir ejerciendo en Irlanda o en cualquier otro lugar de la UE.
Ejemplos:
- Un veterinario británico titulado en una universidad española que viva en Irlanda con su cónyuge español puede ver reconocida su cualificación en virtud de la Directiva.
- Un veterinario británico titulado en una universidad británica y que viva en Irlanda puede solicitar al Consejo Veterinario de Irlanda el reconocimiento de su cualificación con arreglo a las normas para nacionales de terceros países.
- Un veterinario británico titulado en una universidad británica que resida en Irlanda y que haya obtenido el reconocimiento de su cualificación por el Consejo Veterinario de Irlanda antes del 31 de diciembre de 2020 no está obligado a obtener de nuevo el reconocimiento de su cualificación y puede ejercer.
Autoridades competentes y organismos reguladores para el reconocimiento automático
Autoridad competente / Organismo regulador
Arquitectos
"The Royal Institute of the Architects of Ireland" (Instituto Real de Arquitectos de Irlanda)
8 Merrion Square
Dublín 2
Teléfono 00 353 1 676 1703
Página web: www.riai.ie
Correo electrónico: info@riai.ie"
Dentistas
"The Dental Council
57 Merrion Square
Dublín 2
Teléfono 00 353 1 676 2069
Página web: www.dentalcouncil.ie
Correo electrónico: info@dentalcouncil.ie
Médicos
"Medical Council
Kingram House
Kingram Place
Dublín 2
Teléfono 00 353 1 498 3100
Página web: www.medicalcouncil.ie
Correo electrónico: educationandtraining@mcirl.ie "
Matronas
" Nursing and Midwifery Board of Ireland (Consejo de Enfermería y Matronas de Irlanda)
18-20 Carysfort Avenue
Blackrock
Dublín
Teléfono 00 353 1 639 8500
Página web: www.nmbi.ie"
Enfermeras
"Nursing and Midwifery Board of Ireland (Consejo de Enfermería y Partería de Irlanda)
Avenida Carysfort, 18-20
Blackrock
Dublín
Teléfono 00 353 1 639 8500
Página web: www.nmbi.ie
Farmacéuticos
" Sociedad Farmacéutica de Irlanda
PSI House
Fenian Street
Dublín 2
Teléfono 00 353 1 218 4000
Página web: www.thepsi.ie
Correo electrónico: info@thepsi.ie "
Veterinarios
" Consejo Veterinario de Irlanda
53 Lansdowne Road
Ballsbridge
Dublín 4
Teléfono 00 353 1 668 4402
Página web: www.vci.ie
Correo electrónico: info@vci.ie "
Cualificaciones mínimas para el reconocimiento automático
Profesión
Cualificación mínima
Arquitectos
Las autoridades de cualquier país de la UE deben reconocer cualquiera de las cualificaciones de arquitecto enumeradas en
- el punto 5.7.1 del anexo V de la Directiva
o en
- Anexo VI de la Directiva, siempre que sus estudios hayan comenzado a más tardar en el curso académico mencionado.
Las cualificaciones profesionales se reconocen automáticamente si proceden de una universidad o institución de nivel equivalente y si los estudios
- Tengan una duración mínima de cinco años a tiempo completo o de cuatro años a tiempo completo con la realización de dos años de prácticas profesionales
- tienen la arquitectura como componente principal
- tienen componentes teóricos y prácticos
- imparten los conocimientos, aptitudes y competencias básicos enumerados en el apartado 2 del artículo 46 de la Directiva.
Dentistas
Cualificaciones básicas para dentistas
Las autoridades de cualquier país de la UE deben reconocer automáticamente cualquiera de las cualificaciones básicas de dentista enumeradas en el punto 5.3.2 del anexo V de la Directiva.
- Anexo V, punto 5.3.2 de la Directiva
Todas estas cualificaciones cumplen los criterios básicos para el reconocimiento automático, a saber
- Un mínimo de cinco años de estudios teóricos y prácticos a tiempo completo, que sumen al menos 5.000 horas.
- Cobertura de los conocimientos y competencias enumerados en el artículo 34 y en el punto 5.3.1 del anexo V de la Directiva.
Si la cualificación no figura en el punto 5.3.2 del anexo V porque no cumple los criterios básicos, aún puede reconocerse en virtud de un régimen de derechos adquiridos: los dentistas deben demostrar una experiencia profesional de al menos tres años en los últimos cinco años (art. 23).
Cualificaciones de los odontólogos especialistas
Algunos títulos de odontólogo especialista se reconocen automáticamente en determinados países de la UE. Se enumeran en el punto 5.3.3 del anexo V de la Directiva
Médicos
Formación básica de médico
La formación médica básica se reconoce automáticamente en toda la UE. Esto permite a los médicos acceder a la profesión en cualquier país de la UE si su formación
- Está enumerada en el anexo V, punto 5.1.1, de la Directiva 2005/36/CE, que se ajusta al art. 24 de la Directiva
o
- Se beneficia de derechos adquiridos (art. 23 y 30 de la Directiva)
Titulación de médico generalista
La formación de médico generalista (MG) se reconoce automáticamente en toda la UE. Esto da derecho a los médicos a trabajar en cualquier país de la UE si su formación
- Está incluida en el punto 5.1.4 del anexo V de la Directiva 2005/36/CE, que se ajusta al art. 28 de la Directiva
o
- Se beneficia de derechos adquiridos (art. 30 de la Directiva).
Títulos de médico especialista
En algunos países de la UE se reconocen automáticamente 56 títulos de médico especialista. Se enumeran en el punto 5.1.3 del anexo V de la Directiva.
Matronas
Las autoridades de todos los países de la UE deben reconocer cualquiera de las cualificaciones de matrona enumeradas en el anexo V, punto 5.2, siempre que se hayan expedido después de:
- Tres años de formación de matrona a tiempo completo, más
- Dos años de práctica profesional, según el nivel del título
o
- haber completado con éxito la formación de enfermero de cuidados generales, más
- Formación de matrona a tiempo completo de al menos dos años o 3.600 horas
o
- Haber completado con éxito la formación de enfermero de cuidados generales, más
- Formación de matrona a tiempo completo de al menos 18 meses o 3.000 horas, más
- Un año de práctica profesional como matrona
Para más detalles sobre los requisitos de formación para el reconocimiento automático de las cualificaciones de matrona, véanse los artículos 4043 y el punto 5.5.1 del anexo V de la Directiva.
Si la cualificación no figura en el punto 5.5.2 del anexo V porque no cumple los criterios básicos, aún puede ser reconocida en virtud de un régimen de derechos adquiridos. Esto significa que las matronas deben demostrar al menos tres años de experiencia profesional en los últimos cinco años (art. 23, pero véase el art. 43 para otras situaciones).
Enfermeros
La formación mínima exigida para el reconocimiento automático de las cualificaciones profesionales de los enfermeros de cuidados generales es de al menos tres años de estudios a tiempo completo y 4.600 horas. Esta formación debe abarcar las materias mencionadas en el punto 5.2.1 del anexo V de la Directiva.
La lista de las cualificaciones que cumplen estos requisitos figura en el punto 5.2.2 del anexo V de la Directiva.
Si la cualificación no figura en el punto 5.2.2 del anexo V porque no cumple los criterios básicos, aún puede reconocerse en virtud de un régimen de derechos adquiridos. Esto significa que los enfermeros de cuidados generales deben demostrar al menos tres años de experiencia profesional en los últimos cinco años (art. 23).
No hay reconocimiento automático para los enfermeros especialistas.
Farmacéuticos
Las autoridades de cualquier país de la UE deben reconocer cualquiera de las cualificaciones de farmacéutico enumeradas en el punto 5.6.2 del anexo V de la Directiva.
Todas estas cualificaciones cumplen los criterios básicos para el reconocimiento automático, que son:
- Formación de al menos cinco años, incluidos cuatro4 años de estudios teóricos y prácticos a tiempo completo y un período de prácticas de 6 meses en una farmacia.
- Cobertura de los conocimientos y competencias enumerados en el artículo 44 y en el punto 5.6.1 del anexo V de la Directiva.
Si la cualificación no figura en el punto 5.6.2 del anexo V porque no cumple los criterios básicos, aún puede ser reconocida en régimen de derechos adquiridos. Esto significa que los farmacéuticos deben demostrar al menos tres años de experiencia profesional en los últimos cinco años (art. 23).
Las autoridades de algunos países de la UE pueden exigir a los farmacéuticos una cierta experiencia profesional antes de permitirles ejercer determinadas funciones.
Veterinarios
Las autoridades de cualquier país de la UE deben reconocer cualquiera de las cualificaciones veterinarias enumeradas en: Anexo V punto 5.4.2 de la Directiva.
Todas estas cualificaciones cumplen los criterios básicos para el reconocimiento automático, que son:
- Al menos cinco años de estudios teóricos y prácticos a tiempo completo
- Cobertura de las materias enumeradas en el punto 5.4.1 del anexo V de la Directiva.
Si la cualificación no figura en el punto 5.4.2 del anexo V porque no cumple los criterios básicos, aún puede ser reconocida en régimen de derechos adquiridos. Esto significa que los veterinarios deben demostrar al menos tres años de experiencia profesional en los últimos cinco años (art. 23, pero véase el art. 39 para otras situaciones).