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En virtud de las Leyes de Igualdad de Estatus 2000-2018 (ESA) , es ilegal acosar o acosar sexualmente a cualquier persona en una escuela, colegio, universidad u otro centro educativo. Esto incluye a los estudiantes, futuros estudiantes y cualquier persona con derecho a estar en el campus.

Ten en cuenta que si eres empleado de un colegio, instituto, universidad u otro centro educativo y crees que has sido víctima de acoso o acoso sexual, la legislación aplicable se establece en las Leyes de Igualdad en el Empleo de 1998 a 2015.

Para más información sobre los derechos de los trabajadores, consulte nuestra ficha informativa sobre acoso y acoso sexual en el trabajo.

La ESA trata el acoso y el acoso sexual por separado, ya que se definen con criterios diferentes.

  • El acoso implica uno o más de los nueve motivos protegidos de discriminación que se enumeran a continuación.
  • El acoso sexual implica una conducta de naturaleza sexual y no tiene por qué estar relacionado con los nueve motivos de discriminación.

A veces puede sufrir acoso y acoso sexual al mismo tiempo. En tal caso, puede presentar una denuncia por ambos motivos, ya sea por separado o en el mismo formulario de denuncia.

En esta guía, utilizamos el término "escuela o colegio" para referirnos a cualquier tipo de centro educativo, desde grupos preescolares hasta universidades y clases de educación de adultos.

¿Qué es el acoso?

El acoso es cualquier forma de conducta no deseada que:

  • Esté relacionada con uno de los nueve motivos protegidos de discriminación, y
  • Viola su dignidad", es decir, le hace sentirse degradado, indigno o avergonzado, y
  • Sea intimidatorio, hostil, humillante u ofensivo para usted.

El acoso puede adoptar la forma de palabras, acciones, imágenes u otro material. Puede, por ejemplo, ser acosado en persona, por escrito, por teléfono o en línea.

¿Cuáles son los nueve motivos protegidos de discriminación?

  • Sexo (masculino, femenino, transexual, embarazo o baja por maternidad)
  • Estado civil (soltero, casado, separado, divorciado, viudo o en pareja de hecho)
  • Situación familiar (por ejemplo, embarazada, padre o cuidador)
  • Orientación sexual (heterosexual, homosexual o bisexual)
  • Edad (para mayores de 18 años)
  • Creencias religiosas (incluidos los antecedentes religiosos y los que no tienen creencias)
  • Pertenencia a la comunidad itinerante
  • Raza (color, nacionalidad, origen étnico o nacional)
  • Discapacidad (intelectual, mental o física)

Por ejemplo: Un profesor hace comentarios despectivos sobre las creencias religiosas de un alumno durante una clase. Los comentarios atentan contra la dignidad del alumno y le hacen sentirse humillado ante sus compañeros. La actuación del profesor puede constituir acoso por razón de creencias religiosas, motivo protegido por el SEC.

¿Cuál es la diferencia entre acoso e intimidación?

El acoso debe estar relacionado con uno o más de los nueve motivos protegidos de discriminación. Puede producirse una o varias veces. Por ejemplo, puede ser acoso que un profesor o profesor universitario se burle de ti, te intimide o te menosprecie por tu edad, raza, discapacidad o cualquiera de las otras características enumeradas anteriormente.

Una persona puede ser acosada por muchas razones, no es necesario que estén relacionadas con un motivo protegido. Las denuncias de acoso deben tramitarse en primera instancia a través del procedimiento interno de la escuela.

Otros ejemplos de acoso

  • Una estudiante universitaria es avergonzada por quedarse embarazada después de volver a clase.
  • El director de un colegio le dice a un futuro estudiante durante una entrevista que puede que no sea bien recibido en el colegio por ser miembro de la comunidad itinerante.

¿Qué es el acoso sexual?

El acoso sexual puede significar cualquier palabra o acción no deseada de naturaleza sexual que:

  • Deliberada o involuntariamente "violan tu dignidad", es decir, te hacen sentir degradado.
  • Le causen miedo y vergüenza (lo que se conoce como "crear un entorno intimidatorio, hostil, degradante, humillante u ofensivo" para usted).

El acoso sexual no tiene por qué estar relacionado con ninguno de los nueve motivos de discriminación. Puede ocurrir una o muchas veces. Puede implicar tocamientos físicos, pero puede no implicar tocamientos, ya que puede adoptar muchas otras formas, como por escrito, oral, en persona o en línea. Puede ir desde mensajes insinuantes a gestos ofensivos, acoso sexista, y puede incluir compartir imágenes sexuales en línea.

¿Qué ocurre si la persona que me acosa o acosa sexualmente es del mismo sexo o género que yo?

El acoso sexual puede producirse independientemente de que el sexo o el género de la persona que te acosa sea igual o diferente al tuyo.

¿Tengo que demostrar que la persona que me acosa o me somete a acoso sexual tenía intención de atentar contra mi dignidad?

Una demanda por acoso o acoso sexual tendrá que demostrar

  • Que la persona responsable tenía la intención de hacerle sentir miedo, degradado, humillado u ofendido, o bien
  • Que sus acciones tuvieron ese efecto en ti, aunque no puedas probar sus intenciones.

¿Debo decirle a la persona que me acosa que no quiero que lo haga?

No. La cuestión clave es si la conducta fue no deseada. Pero no necesita demostrarlo diciéndoselo a la persona que le acosa. Puede que te sientas demasiado intimidado para decírselo.

¿Cuál es la responsabilidad de la escuela o colegio en casos de acoso o acoso sexual?

Los responsables, como el director, el consejo de administración o el vicerrector de la universidad, no deben permitir el acoso o el acoso sexual de un estudiante, un miembro del personal o cualquier otra persona con derecho a estar allí. Deben tomar medidas prácticas razonables para impedir el acoso. Para ver un ejemplo de cómo se lleva esto a la práctica, consulte "¿Cómo puede defenderse una escuela o colegio contra una denuncia de acoso o acoso sexual?" más abajo.

¿Dónde puedo presentar una denuncia por acoso o acoso sexual en el ámbito educativo?

Puede presentar una denuncia en virtud del ESA ante la Comisión de Relaciones Laborales (WRC). Si sufre acoso o acoso sexual debido a su sexo, puede optar por iniciar un procedimiento ante el Tribunal de Circuito en lugar de ante la WRC.

¿Cómo elijo a qué tribunal acudir?

  • El Tribunal de Circuito sólo conoce de casos de discriminación por razón de sexo.
  • Si gana el caso, el Tribunal de Circuito puede condenar al demandado (la persona contra la que presenta la denuncia) a pagar las costas judiciales. El WRC no tiene esta facultad.
  • Si gana el caso, el Tribunal de Circuito puede concederle una indemnización ilimitada. El WRC puede conceder un máximo de 15.000 euros.
  • Es probable que la vista ante la WRC sea menos formal que ante el Tribunal de Circuito.

¿Qué ocurre si trabajo en una escuela, universidad u otro centro de enseñanza?

Si sufre acoso o acoso sexual en el transcurso de su empleo, puede presentar una denuncia ante el WRC en virtud de las Leyes de Igualdad en el Empleo de 1998-2015 (EEE). Encontrará más información en nuestra guía Acoso y acoso sexual en el trabajo.

¿Contra quién reclamo?

La denuncia se presenta contra el denunciado, es decir, contra la persona u organización que usted considera responsable de acosarle o de acosarle sexualmente. En este contexto, el denunciado es la escuela o el colegio, porque tiene "responsabilidad indirecta" por acoso o acoso sexual. Esto significa que puede ser considerado legalmente responsable del acoso o acoso sexual llevado a cabo por alguien que trabaje o estudie allí, como un profesor, un conserje, un contratista o un estudiante.

Al presentar su denuncia, debe nombrar al centro o a su consejo de administración. Para obtener consejos sobre cómo identificar al denunciado, consulte nuestra guía sobre cómo llevar un caso ante la CMR.

¿Debo demostrar que he recibido un trato diferente al de otra persona?

No, en un caso de acoso o de acoso sexual no es necesario que haya un comparador. En otras palabras, no necesita comparar el trato que ha recibido con el de otra persona (como haría en la mayoría de los demás casos de discriminación). Sólo tiene que demostrar que lo que le ocurrió fue acoso sexual o acoso relacionado con un motivo protegido.

¿Cómo puede defenderse una escuela o facultad contra una denuncia de acoso o acoso sexual?

El colegio o instituto tendrá que demostrar que ha tomado medidas prácticas razonables para evitar el acoso o el acoso sexual. Esto puede significar la adopción de una política sobre el acoso y asegurarse de que todo el mundo en las instalaciones es consciente de ello.

Si no tienen una política o medidas para prevenir el acoso, pueden ser considerados responsables de cualquier acoso que se produzca.

Ejemplo: ¿Acoso a un estudiante por su orientación sexual?

Un estudiante se quejó de acoso en la universidad por motivos de orientación sexual; en otras palabras, dijo que le acosaban porque era gay. Por ejemplo, un profesor le había llamado "mujercita" delante de sus compañeros. En otro incidente, un compañero le insultó con un insulto homófobo y se negó a disculparse.

El colegio respondió que sus responsables habían investigado el caso de acuerdo con su Declaración de Seguridad, sobre la que todos los estudiantes habían recibido formación. Hablaron de los incidentes con los implicados y sancionaron al peor de ellos. El WRC concluyó que el centro había tomado medidas razonables para hacer frente a los incidentes y mantener su política de seguridad e igualdad.

¿Cuáles son los plazos para presentar una denuncia?

Antes de ponerte en contacto con el WRC, debes notificarlo al centro educativo contra el que te quejas. Debe hacerlo por escrito en el plazo de dos meses desde que se produjo el acoso o el acoso sexual por última vez. En su carta o correo electrónico, exponga los detalles de lo sucedido e indique que tiene intención de emprender acciones legales si no recibe una respuesta satisfactoria.

Si no recibes una respuesta satisfactoria en el plazo de un mes, debes enviar el formulario de denuncia al WRC en el plazo de seis meses a partir de la última vez que se produjo el acoso o el acoso sexual.

Asegúrese de conservar pruebas del envío y copias de toda la correspondencia.

¿Y si el acoso o el acoso sexual siguen produciéndose?

La denuncia debe presentarse ante el WRC en el plazo de seis meses a partir de la última fecha de acoso y/o acoso sexual. En muchos casos, cuando sólo se ha producido un acto de acoso y/o acoso sexual, será fácil determinar cuándo empieza y termina este periodo de seis meses. Sin embargo, también habrá situaciones en las que el acoso o el acoso sexual se produzcan y se repitan a lo largo de un período prolongado, a veces con un gran intervalo entre los incidentes.

En determinadas situaciones, el WRC puede decidir que todos los incidentes están suficientemente relacionados, creando lo que se denomina un "continuo" de acoso. Sin embargo, el punto clave es que, incluso cuando un denunciante crea que existe acoso continuado y/o acoso sexual, es importante presentar una denuncia lo antes posible, para evitar el riesgo de que se pierda el plazo de seis meses para presentar la denuncia.